BARBERO & OVEJERO ABOGADOS
BARBERO & OVEJERO ABOGADOS

Extranjería

 

Nuestros servicios

  • Obtención nuevo Visado de Residencia para Inversores
  • Procedimientos de expulsión y otras sanciones
  • Regularización: Procedimiento de Arraigo
  • Agrupaciones familiares
  • Procedimeitno obtención nacionalidad y Régimen Comunitario

Persona de contacto:

Florencio Ovejero, Josué Barbero

 

 

MODIFICACIONES EN EXTRANJERIA PARA INVERSORES.

 

La Ley 14/2013 de Apoyo al Emprendedor establece nuevos supuestos para la  entrada y permanencia en España por razones de interés económico de extranjeros extracomunitarios.

 

Se facilitará la entrada y residencia a los que acrediten ser:

          a) Inversores.

          b) Emprendedores.

          c) Profesionales altamente cualificados.

          d) Investigadores.

          e) Trabajadores que efectúen movimientos intra-empresariales dentro

              de la misma empresa o grupo de empresas.

 

Esto no es aplicable para extranjeros que se encuentren irregularmente en el Estado Español, tengan antecedentes penales, o tengan una orden de expulsión en vigor.

 

Visado de residencia para inversores: Se crea este visado para aquellos extranjeros que se propongan entrar en España con el fin de realizar una inversión significativa de capital.

 

Se entiende por inversión significativa de capital (de forma directa o a través de sociedades de las que sea socio mayoritario):

 

a.- Invertir 2.000.000 € o más en deuda pública o participaciones sociales o depósitos bancarios.

         

b.- Adquirir bienes inmuebles por valor 500.000 euros o mayor (libres de cargas).

         

c.- Proyecto empresarial con al menos 1 requisito de los siguientes:

 

                    1.º Creación de puestos de trabajo (se entiende 2 o más)

                    2.º inversión con impacto socioeconómico de relevancia.

                    3º innovación científica y/o tecnológica

 

                    Como se acredita el proyecto empresarial:

          El proyecto empresarial de interés se acreditará mediante informe de la Oficina Económica y Comercial del ámbito geográfico donde el inversor presente la solicitud.

 

El visado de residencia para inversores será de 1 año. Para residir 2 años más, además del año inicial, deberán:

 

          Mantener el importe de 2 millones.

          Mantener la inversión acciones.

          Mantener el bien inmueble.

          Si es proyecto empresarial presentar un informe favorable de la Dirección General de Comercio e Inversiones.

          Estar al corriente de pago en Hacienda y Tesorería.

          Haber viajado al menos 1 vez a España en el período de vigencia del visado.

 

 

EMPRENDEDORES Y ACTIVIDAD EMPRESARIAL

 

Si el inicio de la actividad empresarial ya se ha producido, podrán acceder a residencia sin necesidad de solicitar el visado.

 

Autorización de Residencia para emprendedores:

 

Para aquellos que pretendan iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica como emprendedor.

 

Deben cumplir los requisitos generales para residencia extranjeros (mayor edad, no antecedentes penales, no rechazable, seguro medico, etc…).

 

La actividad emprendedora debe llevar informe favorable del órgano competente de la Administración General del Estado, que tendrá en cuenta:

 

          Si se crean puestos de trabajo.

          Perfil profesional del solicitante.

          Valor añadido para la economía española.

 

PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS

 

Podrán solicitar una autorización de residencia para profesionales altamente cualificados las Empresas que requieran la incorporación en territorio español de profesionales extranjeros directivo o altamente cualificados.

OFERTA DEL MES!

Contrate nuestro servicio de Asesoria Integral y adaptamos su empresa a la LOPD sin coste adicional!

Contacto

BARBERO & OVEJERO ABOGADOS

CALLE JUAN CARLOS I, 23 Local 2

28660 BOADILLA DEL MONTE

 

Correo electrónico: info@byoabogados.es

 

Si tiene cualquier duda o si desea concertar una cita, llámenos al siguiente número de teléfono: 916.327.284

Horario: Lunes a Viernes de 9 a 20 horas.

 

Si lo desea, también puede ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro

FORMULARIO

SOLICITE PRESUPUESTO PERSONALIZADO!

Noticias / Consejos

Consulte las ultimas noticias y consejos publicados.

 

Ver Noticias y Consejos

 

 

 

 


Versión para imprimir | Mapa del sitio
© BARBERO Y OVEJERO ABOGADOS S.L.P.